Misión
Formular, programar, regular, dirigir, supervisar, coordinar, asesorar, ejecutar, controlar, evaluar y servir de órgano rector y normativo del sistema médico asistencial de la Fuerza Armada Bolivariana con el propósito de optimizar todas las actividades dirigidas a proporcionar asistencia médico-asistencial, a fin de mantener las condiciones físicas y mentales del personal militar y civil del Sector Defensa a través de la conservación y restitución de su salud; y apoyar al sistema de salud pública nacional cuando éste lo requiera.
Organización
Junta Médica.
Dirección Coordinadora de los Centros de Salud.
Dirección Coordinadora de Salud Pública y Epidemiología.
Funciones
- Asesorar al Viceministro de Servicios, en todos los asuntos que guardan relación con el cuidado integral de la salud del personal militar y civil de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Ejecutar y hacer cumplir las políticas sanitarias de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Participar con el Ministerio del Poder Popular para la Salud, a través del Viceministro de Servicios, en la planificación y el desarrollo de los programas de investigación que garanticen la prevención y el mantenimiento de la salud de la población en general.
- Participar en los foros y estudios nacionales e internacionales relacionados con la incidencia y prevalecía de enfermedades en el Sector Defensa, así como proponer aquellos que ameriten atención especial.
- Supervisar las actividades de las Unidades Médicas Asistenciales, con el fin de evaluar su eficacia, eficiencia y efectividad, con el objeto de aplicar las políticas necesarias, para su óptimo servicio.
- Planificar la adquisición de los equipos médicos quirúrgicos, suministro de medicinas, para toda la red sanitaria de la Fuerza Armada NacionalBolivariana.
- Realizar la adquisición de equipos médicos quirúrgicos, suministro de medicinas, para toda la red sanitaria de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Planificar, evaluar y supervisar el mantenimiento del material y equipo médico quirúrgico, así como el uso racional de los mismos.
- Planificar, controlar y supervisar las actividades relacionadas con el apoyo médico sanitario, en caso de calamidades públicas y/o desastres nacionales.
- Elaborar y mantener actualizados planes operacionales tanto en tiempo de paz como en estado de excepción.
- Realizar investigaciones para fortalecer la doctrina, disciplina y buen funcionamiento en la Dirección General de Salud.
- Planificar, evaluar, y supervisar el mantenimiento de toda la infraestructura física y de equipos especializados de la red sanitaria del Sector Defensa.
- Planificar, evaluar, controlar y supervisar, la administración, formación, capacitación y adiestramiento del Recurso Humano de la Red Sanitaria de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en coordinación con la Oficina de Recursos Humanos.
- Planificar, presupuestar, controlar y supervisar los recursos financieros de la red sanitaria de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Elaborar y tramitar ante el Viceministro de Servicios, la formulación del anteproyecto de presupuesto de la Dirección General de Salud.
- Controlar y supervisar los recursos financieros de la Red Sanitaria de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Proponer las directrices generales que en materia de salud estén destinadas a regir en la Centros de Salud de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, elevándolas al conocimiento y aprobación del Viceministerio de Servicios.
- Conocer, estudiar y opinar sobre los planes de construcción hospitalaria y programas de activación de hospitales militares.
- Verificar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
- Fortalecer las investigaciones científicas y bioéticas del área de salud en el Sector Defensa.
- Coadyuvar con las políticas de salud dictadas por el Ejecutivo Nacional.
- Remitir a la oficina de Planificación y Presupuesto, a través del Viceministro de Servicios, los datos estadísticos que así se soliciten.
- Programar y tramitar al Viceministro de Servicios, la ejecución física del presupuesto
- Las demás atribuciones que le confieran las leyes, reglamentos, resoluciones y otros actos normativos.