Se fija en Bs. 40,00 el valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Minimo (UCAU)

En Gaceta Oficial Nº 42.703 de fecha 30/08/2023, fue publicada la Resolución Conjunta de fecha 24/08/2023 emitida por el Ministerio del Poder Popular de Planificación Nº 014-2023 y el Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior Nº 009-2023, mediante la cual se fija en cuarenta bolívares sin céntimos (Bs. 40,00) la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU) (artículo 1).
 
El artículo 2 señala, que la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo para contrataciones públicas (UCAU) fijada mediante esta Resolución sustituye la Unidad Tributaria a los fines de la realización de operaciones aritméticas relacionadas con la materia de contrataciones públicas y cuando dicha unidad tributaria sea utilizada como factor de cálculo aritmético para la determinación de montos en bolívares, conforme a lo establecido en la Ley Constitucional Contra la Guerra Económica para la Racionalidad y Uniformidad en la Adquisición de Bienes, Servicios y Obras Públicas.
 
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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